Personas Naturales

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¿Cómo solicitar un Certificado de Regulaciones Urbanas?

La persona interesada presenta su solicitud ante el funcionario de la Dirección Municipal de Planificación Física para ello presenta los siguientes documentos.

Término para dar respuesta: 10 días hábiles posteriores a su solicitud.

¿Cuándo se emite una Licencia de Construcción?

Se emite para:

Para realizar la solicitud de la Licencia de Construcción las personas naturales deben presentar:

Para realizar la solicitud de Licencia de Construcción por esfuerzo propio en fincas rústicas, propiedad de pequeño agricultor el interesado debe presentar, además.

Una vez realizada la solicitud y entregados los proyectos ejecutivos se reúne la comisión para la revisión de proyectos quién los evalúa y un término de 30 días hábiles  notifica al cliente en caso de no ser aprobado su proyecto.   

Término para emitir la Licencia de Construcción: 30 días hábiles posteriores a la entrega del proyecto aprobado.

Cualquier modificación del proyecto se consulta a la DMPF antes de ejecutarse la obra.

¿Cuándo se emite una Autorización de Obra?

Se emite para:

A la solicitud de la Autorización de Obra por las personas naturales se acompaña:

  Término: 15 días hábiles.

¿Cuándo no se otorga Licencia de Construcción ni Autorización de Obra?

No se otorga Licencia de Construcción ni Autorización de Obra para:

  1. Realizar ampliaciones o cualquier acción constructiva que implique un incremento de la capacidad habitacional de su vivienda a personas que tengan toda o parte de su vivienda arrendada.
  2. La construcción o ampliación de viviendas para realizar actividades comerciales, excepto ranchones, pórticos, pérgolas y glorietas asociadas a la vivienda.
  3. La construcción de piscinas.

Cuando quede concluida la obra, la persona interesada lo solicita al funcionario de Planificación Física. Al solicitarlo sin concluir los términos de la Licencia de Construcción, es requisito indispensable para su otorgamiento que lo construido cumpla con lo establecido para ser considerada como una vivienda mínima adecuada, por lo que debe tener:

 A la solicitud del Certificado de Habitable por las personas naturales se acompaña:

Término: 30 días hábiles a partir de la presentación de la solicitud.

¿Cómo solicitar Dictamen Técnico de Descripción, tasación, medidas y linderos?

El Dictamen Técnico de descripción, tasación, medidas y linderos se emite por la DMPF, y las personas naturales presentan ante el funcionario de Planificación Física (OGTV):

 Término: 20 días hábiles.

¿Qué hacer en el caso de litigios y reclamaciones en torno a solares yermos, derecho perpetuo de superficie, medidas y linderos?

Cuando se produzca un conflicto en torno a solares yermos, Derecho Perpetuo de Superficie o medidas y linderos, la persona afectada promoverá el proceso utilizando una de las siguientes vías:

Término: 60 días hábiles.

¿Cómo obtener una parcela o solar yermo estatal para la construcción de viviendas por esfuerzo propio?

La asignación de parcelas y solares yermos estatales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio se realiza a personas naturales que previamente sean autorizadas por el Consejo de la Administración Municipal (CAM) correspondiente y se legaliza ante la DMPF.

Las personas naturales presentan su solicitud ante el funcionario de Planificación Física (OGTV). El expediente contendrá solicitud y su fundamentación, nombres y apellidos del solicitante, carné de identidad, dirección del domicilio, lugar de localización, composición del núcleo familiar y declaración jurada de que no posee otra vivienda ni es superficiario de una parcela o solar yermo para construir vivienda por esfuerzo propio. Las parcelas a entregar tendrán una dimensión entre 80 y 150 m2.

Las personas naturales que soliciten deben cumplir con alguna de las siguientes causales:

  1. a) Haber sido afectado por desastres.
  2. b) Estar necesitado de erradicar condiciones de precariedad.
  3. c) Ser caso social y/o estar albergado.
  4. d) Estar ubicado en zonas de riesgo, que incluyen peligros sísmicos, desastres naturales y otros.
  5. e) Constituir interés económico-social: se aplica en cumplimiento de políticas económicas y sociales del país, a los efectos de asentar fuerza de trabajo y garantizar el desarrollo económico del territorio en correspondencia con los planes de ordenamiento territorial y urbano aprobados.
  6. f) También para solucionar déficit de viviendas, problemas de hacinamiento y convivencia, y otros relacionados con el estado técnico constructivo de la vivienda.

Documentos que debe presentar

Primera etapa del proceso: (solicitud ante la DMPF, quien de oficio presenta el caso al Consejo de la Administración Municipal (CAM))

Segunda etapa del proceso: 

Una vez valorado el caso en el CAM se emite el Acuerdo de aprobación o no del mismo.

Término del trámite: 60 días hábiles.

¿Qué debo conocer sobre la Cesión de terreno entre particulares para construir viviendas?

Para la cesión de terreno entre particulares debe presentar:

  Término del trámite: 35 días hábiles, 15 para la DMPF y 20 para la DPPF.

¿Puedo ceder o vender una azotea?

Sí es posible. Los interesados en ceder o vender el uso de la azotea para la construcción de viviendas deben presentar escrito de solicitud ante funcionario de la DMPF:

En el caso de edificios multifamiliares, deberá contar con la anuencia escrita de todos sus propietarios residentes en el mismo.

Término del trámite: 60 días hábiles, 30 para la DMPF y 30 para la DPPF.